El apartamento turístico (AT) es propiedad de empresas que destinan a alojamiento vacacional que se arrienda (alquila) por días o semanas, mientras que la vivienda de uso turístico (p) es una propiedad de un particular.
NORMATIVA: En España no existe una normativa de alquiler vacacional estatal que regule esta actividad. Por lo tanto, es competencia de las comunidades autónomas establecen su propia regulación.
Es una manera de adaptar el alquiler vacacional y sus requisitos a la realidad de cada territorio.
¿Estás pensando en alquilar una vivienda turística? Estos son los requisitos comunes que se exigen para explotar una vivienda con fines turísticos (sin olvidarnos que cada municipio o comunidad autónoma puede establecer más):
- La vivienda debe de tener cédula de habitabilidad.
- Realizar una declaración responsable.
- Licencia turística.
- Inscripción de la vivienda en el registro autonómico correspondiente.
- Tener contratado seguro de responsabilidad civil.
Como consumidores y usuarios tenemos unos Derechos básicos en su relación con las personas físicas arrendatarias y empresas prestadoras de este tipo de servicios.
Estos derechos son, como mínimo, los siguientes:
- Previamente debemos de recibir información objetiva, veraz y comprensible sobre los servicios que se oferten, el precio final, e impuestos que se aplican.
- Obtener el contrato y los documentos que acrediten los términos de su contratación.
- Recibir los servicios en las condiciones ofertadas y contratadas.
- Recibir una factura o justificante de pago.
- Formular quejas y reclamaciones y obtener información accesible y veraz sobre el procedimiento de presentación de estas y su tratamiento.
- En caso de conflicto, podemos acudir a un sistema de solución extrajudicial de conflictos a través de la mediación y el arbitraje.
- Exigir que, en un lugar de fácil visibilidad, se exhiban públicamente los distintivos acreditativos de la clasificación del establecimiento, así como los
símbolos de calidad correspondientes, el aforo, los precios y cualquier otra condición o circunstancias relacionada con la actividad.
¿Quieres saber más? Puedes ponerte en contacto con nosotros a través del correo electrónico vidalabogadosdespacho@gmail.com.